PAGINA DE LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN |
Regimen de las Comisiones |
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REGIMEN LEGAL DE COMISIONES ASESORAS Para el mejor tratamiento y análisis de los asuntos de su competencia, la Junta Municipal se organiza en comisiones asesoras permanentes, las cuales pueden fusionarse entre sí, crear otras y designar comisiones especiales, cuando así lo crea pertinente para el cumplimiento de sus funciones. De conformidad a lo prescripto expresamente en la Ley Orgánica Municipal N° 1.294/87 y en las resoluciones de creación de otras, seguidamente se citan las atribuciones y deberes de las comisiones asesoras, permanentes y especiales, de la Junta Municipal de la ciudad de Asunción:Comisión de Legislación: a-) Dictar por su propia iniciativa o a propuesta del Intendente Municipal, ordenanzas, resoluciones, reglamentos, en materia de su competencia. b-) Considerar los convenios, contratos y compromisos relacionados con concesiones y prestación de servicio público. c-) Aprobar los convenios para la participación de la Municipalidad en asociaciones, cooperativas y otras entidades de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley; y, d-) Reglamentar el otorgamiento de permiso de apertura o cierre de negocios de todos los ramos de la actividad económica. Comisión de Hacienda y Presupuesto: a-) Sancionar anualmente el Presupuesto General de la Municipalidad conforme a lo establecido en esta Ley. b-) Controlar la ejecución del presupuesto. c-) Establecer anualmente la escala de los impuestos, tasas, contribuciones especiales y multas, dentro de los límites establecidos por Ley. d-) Autorizar al Intendente Municipal la contratación de empréstitos. e-) Dictar normas para el arrendamiento o usufructo de los bienes municipales. f-) Dictar normas para la enajenación e hipotecas de bienes inmobiliarios municipales. g-) Establecer normas para la aplicación del régimen impositivo. h-) Aceptar legados, donaciones o herencias al municipio. i-) Aprobar o rechazar la rendición de cuentas de la ejecución presupuestaria, el estado financiero y patrimonial y el inventario de los bienes municipales, elevados por el Intendente Municipal. j-) Establecer procedimientos para la recaudación de los recursos y el contralor en la utilización de estos; y, k-) Autorizar la contratación de servicio de auditoría para la administración municipal en caso necesario. Comisión de Obras Publicas, Privadas y Servicios: a-) Dictar normas relativas a la construcción, alteración, demolición e inspección de edificios públicos y privados, estructuras e instalaciones mecánicas, eléctricas, electromecánicas, acústicas, térmicas, inflamables o parte de ellas. b-) Reglamentar la ocupación, el uso, mantenimiento e inspección de predios, edificios, estructuras e instalaciones. c-) Reglamentar la fiscalización e intervención municipal en las construcciones de obras públicas y privadas. d-) Dictar normas sobre servicios de ingeniería y topografía para las obras públicas municipales. e-) Establecer las condiciones de construcción, higiene y seguridad a que deban ajustarse la instalación y el funcionamiento de las industrias y los depósitos. f-) Dictar normas de prevención y protección contra incendios y derrumbes. g-) Reglamentar la construcción, conservación y mantenimiento por vía administrativa municipal o por contratación con terceros, de los servicios de pavimentación. h-) Reglamentar el funcionamiento y administración de servicios de funerarias y de cementerios. i-) Autorizar el llamado a licitación pública y concurso de precios para la contratación de obras y servicios públicos y aprobar las adjudicaciones. j-) Establecer la nomenclatura de las calles, avenidas, parques, plazas y paseos. k-) Dictar normas para conservar las servidumbres constituidas en beneficio de las comunidades y los bienes que estén en su posesión. l-) Reglamentar la provisión de agua potable y energía eléctrica a las comunidades. ll-) Decidir o promover la construcción de sistemas de cloacas y drenajes de aguas de lluvias. m-) Autorizar la explotación de servicios de transporte de pasajeros en la jurisdicción de la Municipalidad. n-) Dictar normas sobre conservación de monumentos públicos. Comisión de Planificación Física y Urbanística: a-) Aprobar el planeamiento físico y urbanístico del municipio. b-) Delimitar las zonas urbanas, suburbanas y rurales. c-) Dictar normas sobre uso de suelo. d-) Establecer el régimen de fraccionamiento y loteamiento de tierras. e-) Autorizar la apertura, ensanche y clausura de caminos, calles y de avenidas, en concordancia con los planes de desarrollo físico y urbanístico. f-) Dictar normas relativas a la construcción, habilitación y conservación de parques, plazas, jardines y playas municipales así como la arborización de caminos, calles, avenidas y otros lugares públicos; y g-) Autorizar a la Intendencia para que por la vía correspondiente gestione la expropiación de los terrenos necesarios para el establecimiento de plazas, paseos, parques y vías de comunicación. Comisión de Higiene, Salubridad y Servicio Social: a-) Regular todo lo relativo a la manipulación de alimentos, producción, traslado y comercialización de alimentos, inspección de mercados de abasto, mercados, supermercados, carnicerías y almacenes, panaderías y bares, restaurantes, hoteles, moteles, residenciales, paradores, pensiones, mataderos, parrilladas y en general los locales en donde se fabriquen, guarden o expanden comestibles o bebidas de cualquier naturaleza. b-) Regular todo lo relativo a higiene de acueductos, alcantarillas, piscinas y baños públicos, playas turísticas, riberas de ríos, lagos y arroyos, servicios higiénicos, depósitos y tratamiento final de basuras, terrenos no edificados, canales, pozos, aljibes y toda instalación sanitaria de uso público. c-) Dictar normas sobre el control higiénico de los edificios, locales y sitios destinados a espectáculos públicos y en general, los lugares de reunión o de convivencia social. d-) Dictar normas relativas a las condiciones de higiene de vehículos particulares y de transporte público. e-) Dictar normas para la inspección veterinaria de mataderos, mercados, lecherías y otros establecimientos similares. f-) Determinar las condiciones en que se han de mantener los animales domésticos en los predios particulares en zonas urbanas. g-) Regular todo lo relativo a la construcción y adjudicación de viviendas económicas, al otorgamiento de subsidios a personas o instituciones, al establecimiento de programas de carácter social y de servicios de inhumación de personas impedidas y de escasos recursos. h-) Dictar normas que prohíban el expendio y consumo de bebidas, drogas y sustancias alimenticias que por su calidad o condición sean perjudiciales a la salud. i-) Reglamentar los establecimientos industriales clasificados de peligrosos, insalubres e incómodos, pudiendo ordenar su remoción o clausura, siempre que no fueran cumplidas las condiciones que se impusieran a su ejercicio o si éste fuere incompatible con la salud pública, y; j-) Dictar las medidas necesarias para la recolección y tratamiento de residuos. Comisión de Educación, Cultura y Espectáculos Públicos: a-) Adoptar medidas para coadyuvar o realizar actividades en el campo de la educación, la cultura, el deporte y el turismo. b-) Promover la creación de museos, bibliotecas y galerías de arte. c-) Adoptar medidas para la adecuada conservación de sitios y monumentos históricos y apoyar toda iniciativa pública o privada en esta materia. d-) Disponer misiones culturales para las zonas rurales del municipio, y; e-) Estimular el desarrollo de la artesanía local y de la cultura nacional. Comisión de Recursos Naturales y Medio Ambiente: a-) Dictar normas tendientes a la mejor utilización de los recursos naturales y al mantenimiento del equilibrio ecológico y la preservación del ambiente. b-) Reglamentar las condiciones de arborización de calles, avenidas, parques, plazas, playas turísticas y otros lugares públicos. c-) Autorizar la apertura de parques municipales. d-) Reglamentar la pesca y caza, así como la conservación de la fauna y flora, en coordinación con otros organismos competentes. e-) Dictar normas para la desinfección en lugares habitados, desecación u obras de drenaje de los pantanos que considere insalubres, cercados de terrenos baldíos y su terraplenamiento, y; f-) Dictar normas para la vigilancia y demás medidas necesarias para evitar la contaminación de las aguas de los arroyos, lagos, ríos y fuentes del municipio. Comisión de Seguridad y Tránsito: a-) Regular lo relativo a la seguridad y circulación de vehículos y de peatones, a los requisitos para conducir y la expedición de placas numerativas de vehículos y establecer las sanciones correspondientes. b-) Regular el régimen de transportes públicos. c-) Dictar normas para la organización y funciones de la Policía Municipal de Tránsito. d-) Reglamentar los servicios contra incendios, y; e-) Coordinar con los organismos correspondientes lo relativo a dirección, pendiente y cruce de vías férreas, caminos y otros. Comisión de Inquietudes Ciudadanas y Asuntos Sociales Recibe requisitorias de la ciudadanía y es el órgano de comunicación directa con los ciudadanos que se acercan a la Junta Municipal con asuntos de índole social. Comisión de Mercados: Dictamina sobre el buen funcionamiento de centros de abastecimiento de la ciudad, interviniendo en situaciones conflictivas de su jurisdicción. Comisión de Investigación: Dictamina sobre denuncias de la ciudadanía, en ámbitos referentes a abuso de autoridad, extorsión y violación del patrimonio documental, y afines. Comisión de Relaciones Exteriores: Fomenta y afianza el relacionamiento con municipios o entidades del país y del exterior. Comisión de Asuntos Sindicales y Laborales: Es la mediadora en conflictos entre trabajadores y la administración comunal. Comisión de Equidad de Género: a) Dictaminar sobre temas vinculados al espíritu y la letra de las disposiciones constitucionales contenidas en los artículos 48º y 117º. b) Controlar la ejecución de las políticas públicas con perspectiva de género de la Intendencia Municipal e informar a la Junta regularmente. La Junta Municipal también, de acuerdo a las atribuciones esgrimidas en el artículo precedentemente citado, creó comisiones especiales para el estudio particular de ciertos temas, como por ejemplo: Comisión Especial de Franja Costera: Creada el 27 de febrero del año 2002 con el fin de acompañar y recabar todos los antecedentes que hacen relación al Proyecto Franja Costera desarrollado por la Municipalidad de Asunción con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Comisión Especial de Cateura: Fue creada el 7 de marzo de 2001 con el objeto de elaborar un plan de trabajo y un cronograma unificado sobre las decisiones y acciones a ser encaradas para la clausura del vertedero Cateura y el funcionamiento del nuevo sitio de disposición final de residuos sólidos y considerar el borrador de acuerdo político presentado, dando participación a los gancheros y vecinos del lugar, por ser estos los absolutamente afectados. Integra, además, consejos conjuntamente con representantes de la Intendencia Municipal y otras organizaciones, en los cuales se analizan y resuelven problemas y cuestiones sobre temas específicos y que necesitan la participación de todos los actores, como lo son el Consejo Administrador del Fondo para Proyectos Especiales y el Consejo del Plan Regulador, entre otros. |
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