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REGIMEN LEGAL DE COMISIONES ASESORAS

Para el mejor tratamiento y análisis de los asuntos de su competencia, la Junta Municipal se organiza en comisiones asesoras permanentes, las cuales pueden fusionarse entre sí, crear otras y designar comisiones especiales, cuando así lo crea pertinente para el cumplimiento de sus funciones. De conformidad a lo prescripto expresamente en la Ley Orgánica Municipal N° 1.294/87 y en las resoluciones de creación de otras, seguidamente se citan las atribuciones y deberes de las comisiones asesoras, permanentes y especiales, de la Junta Municipal de la ciudad de Asunción:

Comisión de Legislación:


a-) Dictar por su propia iniciativa o a propuesta del Intendente Municipal, ordenanzas, resoluciones, reglamentos, en materia de su competencia.
b-) Considerar los convenios, contratos y compromisos relacionados con concesiones y prestación de servicio público.
c-) Aprobar los convenios para la participación de la Municipalidad en asociaciones, cooperativas y otras entidades de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley; y,
d-) Reglamentar el otorgamiento de permiso de apertura o cierre de negocios de todos los ramos de la actividad económica.

Comisión de Hacienda y Presupuesto:

a-) Sancionar anualmente el Presupuesto General de la Municipalidad conforme a lo establecido en esta Ley.
b-) Controlar la ejecución del presupuesto.
c-) Establecer anualmente la escala de los impuestos, tasas, contribuciones especiales y multas, dentro de los límites establecidos por Ley.
d-) Autorizar al Intendente Municipal la contratación de empréstitos.
e-) Dictar normas para el arrendamiento o usufructo de los bienes municipales.
f-) Dictar normas para la enajenación e hipotecas de bienes inmobiliarios municipales.
g-) Establecer normas para la aplicación del régimen impositivo.
h-) Aceptar legados, donaciones o herencias al municipio.
i-) Aprobar o rechazar la rendición de cuentas de la ejecución presupuestaria, el estado financiero y patrimonial y el inventario de los bienes municipales, elevados por el Intendente Municipal.
j-) Establecer procedimientos para la recaudación de los recursos y el contralor en la utilización de estos; y,
k-) Autorizar la contratación de servicio de auditoría para la administración municipal en caso necesario.

Comisión de Obras Publicas, Privadas y Servicios:

a-) Dictar normas relativas a la construcción, alteración, demolición e inspección de edificios públicos y privados, estructuras e instalaciones mecánicas, eléctricas, electromecánicas, acústicas, térmicas, inflamables o parte de ellas.
b-) Reglamentar la ocupación, el uso, mantenimiento e inspección de predios, edificios, estructuras e instalaciones.
c-) Reglamentar la fiscalización e intervención municipal en las construcciones de obras públicas y privadas.
d-) Dictar normas sobre servicios de ingeniería y topografía para las obras públicas municipales.
e-) Establecer las condiciones de construcción, higiene y seguridad a que deban ajustarse la instalación y el funcionamiento de las industrias y los depósitos.
f-) Dictar normas de prevención y protección contra incendios y derrumbes.
g-) Reglamentar la construcción, conservación y mantenimiento por vía administrativa municipal o por contratación con terceros, de los servicios de pavimentación.
h-) Reglamentar el funcionamiento y administración de servicios de funerarias y de cementerios.
i-) Autorizar el llamado a licitación pública y concurso de precios para la contratación de obras y servicios públicos y aprobar las adjudicaciones.
j-) Establecer la nomenclatura de las calles, avenidas, parques, plazas y paseos.
k-) Dictar normas para conservar las servidumbres constituidas en beneficio de las comunidades y los bienes que estén en su posesión.
l-) Reglamentar la provisión de agua potable y energía eléctrica a las comunidades.
ll-) Decidir o promover la construcción de sistemas de cloacas y drenajes de aguas de lluvias.
m-) Autorizar la explotación de servicios de transporte de pasajeros en la jurisdicción de la Municipalidad.
n-) Dictar normas sobre conservación de monumentos públicos.

Comisión de Planificación Física y Urbanística:

a-) Aprobar el planeamiento físico y urbanístico del municipio.
b-) Delimitar las zonas urbanas, suburbanas y rurales.
c-) Dictar normas sobre uso de suelo.
d-) Establecer el régimen de fraccionamiento y loteamiento de tierras.
e-) Autorizar la apertura, ensanche y clausura de caminos, calles y de avenidas, en concordancia con los planes de desarrollo físico y urbanístico.
f-) Dictar normas relativas a la construcción, habilitación y conservación de parques, plazas, jardines y playas municipales así como la arborización de caminos, calles, avenidas y otros lugares públicos; y
g-) Autorizar a la Intendencia para que por la vía correspondiente gestione la expropiación de los terrenos necesarios para el establecimiento de plazas, paseos, parques y vías de comunicación.

Comisión de Higiene, Salubridad y Servicio Social:

a-) Regular todo lo relativo a la manipulación de alimentos, producción, traslado y comercialización de alimentos, inspección de mercados de abasto, mercados, supermercados, carnicerías y almacenes, panaderías y bares, restaurantes, hoteles, moteles, residenciales, paradores, pensiones, mataderos, parrilladas y en general los locales en donde se fabriquen, guarden o expanden comestibles o bebidas de cualquier naturaleza.
b-) Regular todo lo relativo a higiene de acueductos, alcantarillas, piscinas y baños públicos, playas turísticas, riberas de ríos, lagos y arroyos, servicios higiénicos, depósitos y tratamiento final de basuras, terrenos no edificados, canales, pozos, aljibes y toda instalación sanitaria de uso público.
c-) Dictar normas sobre el control higiénico de los edificios, locales y sitios destinados a espectáculos públicos y en general, los lugares de reunión o de convivencia social.
d-) Dictar normas relativas a las condiciones de higiene de vehículos particulares y de transporte público.
e-) Dictar normas para la inspección veterinaria de mataderos, mercados, lecherías y otros establecimientos similares.
f-) Determinar las condiciones en que se han de mantener los animales domésticos en los predios particulares en zonas urbanas.
g-) Regular todo lo relativo a la construcción y adjudicación de viviendas económicas, al otorgamiento de subsidios a personas o instituciones, al establecimiento de programas de carácter social y de servicios de inhumación de personas impedidas y de escasos recursos.
h-) Dictar normas que prohíban el expendio y consumo de bebidas, drogas y sustancias alimenticias que por su calidad o condición sean perjudiciales a la salud.
i-) Reglamentar los establecimientos industriales clasificados de peligrosos, insalubres e incómodos, pudiendo ordenar su remoción o clausura, siempre que no fueran cumplidas las condiciones que se impusieran a su ejercicio o si éste fuere incompatible con la salud pública, y;
j-) Dictar las medidas necesarias para la recolección y tratamiento de residuos.

Comisión de Educación, Cultura y Espectáculos Públicos:

a-) Adoptar medidas para coadyuvar o realizar actividades en el campo de la educación, la cultura, el deporte y el turismo.
b-) Promover la creación de museos, bibliotecas y galerías de arte.
c-) Adoptar medidas para la adecuada conservación de sitios y monumentos históricos y apoyar toda iniciativa pública o privada en esta materia.
d-) Disponer misiones culturales para las zonas rurales del municipio, y;
e-) Estimular el desarrollo de la artesanía local y de la cultura nacional.

Comisión de Recursos Naturales y Medio Ambiente:

a-) Dictar normas tendientes a la mejor utilización de los recursos naturales y al mantenimiento del equilibrio ecológico y la preservación del ambiente.
b-) Reglamentar las condiciones de arborización de calles, avenidas, parques, plazas, playas turísticas y otros lugares públicos.
c-) Autorizar la apertura de parques municipales.
d-) Reglamentar la pesca y caza, así como la conservación de la fauna y flora, en coordinación con otros organismos competentes.
e-) Dictar normas para la desinfección en lugares habitados, desecación u obras de drenaje de los pantanos que considere insalubres, cercados de terrenos baldíos y su terraplenamiento, y;
f-) Dictar normas para la vigilancia y demás medidas necesarias para evitar la contaminación de las aguas de los arroyos, lagos, ríos y fuentes del municipio.

Comisión de Seguridad y Tránsito:

a-) Regular lo relativo a la seguridad y circulación de vehículos y de peatones, a los requisitos para conducir y la expedición de placas numerativas de vehículos y establecer las sanciones correspondientes.
b-) Regular el régimen de transportes públicos.
c-) Dictar normas para la organización y funciones de la Policía Municipal de Tránsito.
d-) Reglamentar los servicios contra incendios, y;
e-) Coordinar con los organismos correspondientes lo relativo a dirección, pendiente y cruce de vías férreas, caminos y otros.

Comisión de Inquietudes Ciudadanas y Asuntos Sociales

Recibe requisitorias de la ciudadanía y es el órgano de comunicación directa con los ciudadanos que se acercan a la Junta Municipal con asuntos de índole social.
Comisión de Mercados:
Dictamina sobre el buen funcionamiento de centros de abastecimiento de la ciudad, interviniendo en situaciones conflictivas de su jurisdicción.

Comisión de Investigación:

Dictamina sobre denuncias de la ciudadanía, en ámbitos referentes a abuso de autoridad, extorsión y violación del patrimonio documental, y afines.
Comisión de Relaciones Exteriores:
Fomenta y afianza el relacionamiento con municipios o entidades del país y del exterior.

Comisión de Asuntos Sindicales y Laborales:

Es la mediadora en conflictos entre trabajadores y la administración comunal.

Comisión de Equidad de Género:

a) Dictaminar sobre temas vinculados al espíritu y la letra de las disposiciones constitucionales contenidas en los artículos 48º y 117º.
b) Controlar la ejecución de las políticas públicas con perspectiva de género de la Intendencia Municipal e informar a la Junta regularmente.
La Junta Municipal también, de acuerdo a las atribuciones esgrimidas en el artículo precedentemente citado, creó comisiones especiales para el estudio particular de ciertos temas, como por ejemplo:

Comisión Especial de Franja Costera:

Creada el 27 de febrero del año 2002 con el fin de acompañar y recabar todos los antecedentes que hacen relación al Proyecto Franja Costera desarrollado por la Municipalidad de Asunción con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Comisión Especial de Cateura:

Fue creada el 7 de marzo de 2001 con el objeto de elaborar un plan de trabajo y un cronograma unificado sobre las decisiones y acciones a ser encaradas para la clausura del vertedero Cateura y el funcionamiento del nuevo sitio de disposición final de residuos sólidos y considerar el borrador de acuerdo político presentado, dando participación a los gancheros y vecinos del lugar, por ser estos los absolutamente afectados.

Integra, además, consejos conjuntamente con representantes de la Intendencia Municipal y otras organizaciones, en los cuales se analizan y resuelven problemas y cuestiones sobre temas específicos y que necesitan la participación de todos los actores, como lo son el Consejo Administrador del Fondo para Proyectos Especiales y el Consejo del Plan Regulador, entre otros.

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